El Tribunal Supremo considera que la inscripción en el censo electoral de los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática, la llamada ley de nietos, genera “un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral”. Y esa posibilidad causaría “un daño irreversible a la rectitud y corrección de aquel”, sostiene el Supremo, que teme que otorgar el derecho al voto a los nuevos nacionalizados afecte al “resultado electoral deseado por los españoles que ya figuran inscritos correctamente en el censo electoral”. Así lo expone la Sala de lo Contencioso-Administrativo en los autos que han dado lugar a la suspensión del derecho al voto de quienes han obtenido la nacionalidad por ser hijos o nietos de españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. La magistrada Alicia Millán ha emitido un voto particular en el que discrepa de sus compañeros.
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