Aunque faltan más de cuatro meses para el inicio formal de las precampañas en la Ciudad de México, en la alcaldía Iztacalco la contienda ya se adelantó.
La alcaldesa Lourdes Paz enfrenta señalamientos por presunta promoción personalizada y uso de programas sociales para posicionar su imagen con miras a la reelección en los comicios de 2027.
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A pesar de que el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027 arranca formalmente en septiembre, en la demarcación ya se promociona la figura de la titular mediante lonas del programa Manita de Gato.
En ellas, la funcionaria, quien llegó al cargo por Morena, aparece con un chaleco guinda junto a números telefónicos para la atención de servicios urbanos.
Vecinos y militantes opositores denunciaron en redes sociales la colocación de esta propaganda.
"La corrupta Lourdes Paz ya está entregando lonas para candidatearse a la alcaldía Iztacalco", señaló un usuario en X (antes Twitter) en un mensaje dirigido a la dirigencia del partido.
En la otra red social de Facebook, la agrupación Somos Agrícola Oriental, denunció que la alcaldesa comete actos anticipados de precampaña y campaña, ya que existe una regulación que permita a los funcionarios promocionar sus programas, pero sin imágenes personalizadas.
Alcaldesa Lourdes PazAseguraron que la propia alcaldesa de Iztacalco va personalmente a las casas, en sus recorridos por las colonias a colocar lonas con su imagen, su nombre y la leyenda, "Lourdes Paz para promoverse para su reelección en 2027”.
“Alcaldesa, le informamos que eso no es trabajo territorial, se llama actos anticipados de precampaña y campaña y está prohibido por la ley. Y lo hace usted misma, en horario laboral, con recursos públicos”, abundaron.
Mediante estas redes sociales, los inconformes argumentaron que en Morena no existe una convocatoria oficial para renovar alcaldías, concejalías o diputaciones locales, por lo que acusaron una campaña anticipada e indebida.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 228 define los actos anticipados de campaña como las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de la contienda, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de un candidato, un partido, o expresiones que solicitan cualquier tipo de apoyo para contender en un proceso, señalo la agrupación.
Mientras que el artículo 134 de la Constitución Política prohíbe el uso de recursos públicos para la promoción personalizada de servidores públicos.
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La legislación establece que la propaganda oficial únicamente debe tener fines informativos, educativos o de orientación social, sin incluir nombres, imágenes o símbolos que destaquen la figura de ningún funcionario.
Cabe recordar que el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), el proceso iniciará formalmente con la primera sesión que celebre su Consejo General en la primera semana de septiembre de 2026, etapa en la que se definirán los plazos para el registro de candidaturas tanto partidistas como independientes.